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13 de septiembre de 202615 Min.

No se ha superado el MPU: qué hay que hacer ahora

¿Qué ocurre si no se aprueba el MPU?

Un informe negativo del MPU no se envía automáticamente a la autoridad competente en materia de permisos de conducir. Tú mismo eres quien solicita la evaluación y decides si se presenta el informe o no.

Esta libertad tiene un límite. Quien no presente un informe pericial exigido dentro del plazo establecido debe contar con que la autoridad competente en materia de permisos de conducir concluya que no es apto para conducir, siempre que así se haya indicado en la orden. Por lo tanto, no se pierde el permiso de conducir por un informe pericial negativo. Pero tampoco se salva por ello.

Esta guía te explica tres cosas: cómo identificar el punto en el que has fallado, por qué una segunda cita, sin cambios en la documentación aportada, suele dar el mismo resultado, y cuándo es recomendable realizar un curso conforme al artículo 70 del FeV.

Lo más importante en pocas palabras

  • Tú eres quien solicita la evaluación. Según el artículo 11, apartado 6, frase 5, del FeV, el examen se realiza por encargo de la persona afectada, no de la autoridad.

  • La falta de presentación no es una medida neutral. Si no presentas un informe pericial exigido dentro del plazo establecido, la autoridad competente en materia de permisos de conducir podrá concluir, con arreglo al artículo 11, apartado 8, del FeV, que no eres apto para conducir, siempre que así se haya indicado en la orden.

  • No existe un plazo de espera legal entre dos intentos de MPU. No se prevé ni un plazo de espera ni un límite máximo.

  • Un dictamen negativo debe incluir una justificación. El anexo 4a, n.º 2 a, del FeV exige que se pueda seguir el razonamiento, que se incluyan todos los resultados esenciales y las conclusiones que han llevado a la evaluación.

  • Alrededor del 4 % de todas las evaluaciones concluyen con la recomendación de realizar un curso. (Instituto Federal de Carreteras, comunicado de prensa 10/2025, de 17 de diciembre de 2025). A partir de ahí, si se cumplen las cuatro condiciones del artículo 11, apartado 10, del FeV, puede convertirse en un curso conforme al artículo 70 del FeV.

  • Quien en el segundo intento no modifique esos mismos puntos, debe contar con el mismo resultado. Un informe preliminar accesible obliga al segundo perito a justificar cualquier discrepancia.

El primer paso no es un examen

En la primera consulta gratuita, recabamos algunos datos básicos y acordamos la fecha para la entrevista inicial. Si te cuesta llamarnos por teléfono, escríbenos por WhatsApp. No tienes que contar por teléfono nada que aún no quieras contar.

¿Recibe automáticamente la oficina de tráfico el informe negativo?

No. El centro de evaluación elabora el informe para ti, no para la autoridad competente en materia de permisos de conducir. Tú lo encargas, tú asumes los costes y tú recibes el resultado.

Los criterios de evaluación de la aptitud para conducir dan lugar a una relación contractual entre tú y el centro de evaluación. El evaluador no tiene obligación de informar a la autoridad competente en materia de permisos de conducir y, en su calidad de médico o psicólogo, está obligado a guardar el secreto profesional.

De ahí surge un error con consecuencias: quien considere que ha perdido definitivamente el permiso de conducir tras un dictamen negativo y no se ponga en contacto con nadie, pierde precisamente las semanas en las que vence el plazo establecido en la resolución.

Por lo tanto, guardar silencio ante la autoridad competente en materia de permisos de conducir es, en sí mismo, una decisión. Si vence el plazo, la autoridad puede dar por hecho tu falta de aptitud incluso sin conocer el informe pericial, siempre que así se haya indicado en la resolución. La referencia al respecto se encuentra en el penúltimo apartado.

Más información al respecto: Cómo se produce la orden de someterse a un MPU. Todos los demás temas relacionados con el MPU y la evaluación se encuentran en la Resumen de la guía.

En la guía explicamos por qué no se recibe ninguna carta tras una retirada judicial del permiso de conducir y en qué otros casos se pone en contacto la administración. ¿Cuándo se pone en contacto la oficina de permisos de conducir?.

La evaluación se lleva a cabo a petición del interesado.

Artículo 11, apartado 6, frase 5, del Reglamento sobre el permiso de conducir, gesetze-im-internet.de Quelle

Esta única frase resume toda la cuestión de la plantilla. La relación contractual se establece entre tú y el centro de evaluación de la aptitud para conducir. Tú asumes los gastos, recibes el informe pericial y no existe ninguna norma que obligue al centro a comunicar el resultado a la autoridad competente en materia de permisos de conducir. Solo tú decides si el informe llega hasta allí. Quien sabe esto, toma la decisión de forma consciente, en lugar de hacerlo por miedo a un automatismo que, en realidad, no existe.

¿Tengo que entregar el informe negativo a la administración?

No existe la obligación de presentarlo. Sin embargo, sí que hay consecuencias por no hacerlo.

El artículo 11, apartado 8, frase 1, del FeV establece: quien se niegue a someterse al examen o no presente el informe pericial exigido dentro del plazo establecido, la autoridad «podrá» «concluir que el interesado no es apto». La segunda frase la obliga a indicar precisamente esta consecuencia en la resolución. Si falta dicha indicación, se trata de un vicio de la resolución. Corresponde a los tribunales administrativos decidir si ello impide, en definitiva, la conclusión; no es una cuestión que se resuelva a partir del texto.

De ahí se deriva la diferencia que realmente importa: el hecho de no presentar el informe te protege del contenido del mismo, pero no de la decisión. La autoridad competente en materia de permisos de conducir no necesita conocer el contenido para retirar el permiso o denegar su renovación.

En qué nos basamos para tomar la decisión. No se trata del resultado, sino de lo que el texto revela además. Si el informe pericial muestra una evolución clara, la plantilla puede resultar útil, incluso en caso de resultado negativo. Si no la muestra, lo desaconsejamos y preparamos una nueva evaluación. Esta valoración requiere el texto del informe pericial, no una simple corazonada.

El plazo sigue corriendo en ambos casos. Quien necesite tiempo para ponerse al día, debe solicitar por escrito una prórroga antes de que venza el plazo. Según nuestra experiencia, rara vez se concede mientras el permiso de conducir siga vigente, y suele concederse cuando ya ha sido retirado.

¿Presentar o no presentar? Qué ocurre en cada caso

Tu decisiónConclusiónFundamento jurídico
Presentar el informe negativo dentro del plazo establecidoLa autoridad competente en materia de permisos de conducir toma una decisión en función del contenido: retirada del permiso de conducir vigente, denegación de la solicitud de renovación.Artículo 46, apartado 1, del FeV; artículo 2, apartado 2, frase 1, n.º 3, de la StVG, junto con el artículo 11, apartado 1, del FeV y el artículo 20, apartado 1, del FeV
No presentar el informe pericial, el plazo está a punto de vencerLa autoridad competente en materia de permisos de conducir podrá deducir la falta de aptitud sin conocer el contenido, siempre que la orden lo haya indicado.Artículo 11, apartado 8, frases 1 y 2, del FeV
Solicitar una prórroga antes de que venza el plazoLa autoridad competente en materia de permisos de conducir es la que decide; no existe ningún derecho adquirido. Presenta siempre la solicitud por escrito.Experiencia: rara vez se concede si se dispone de permiso de conducir, mientras que, si se ha sido retirado, suele concederse en la mayoría de los casos.
Presentar un informe pericial con recomendación de un cursoSe puede considerar la posibilidad de realizar un curso conforme al artículo 70 del FeV si se cumplen los cuatro requisitos. No sin autorización previa.Artículo 11, apartado 10, frase 1, del FeV
Nueva evaluación sin cambios en la documentación acreditativaEs de esperar que el dictamen vuelva a ser negativo. No existe ningún periodo de suspensión.Sin fundamento jurídico, basado en la experiencia adquirida en el seguimiento posterior.

Acerca de las fuentes: el FeV no regula la prórroga del plazo. La información al respecto y las expectativas sobre el resultado que figuran en la última línea se basan en nuestra experiencia en el seguimiento posterior, no tienen consecuencias jurídicas.

¿Cómo puedo averiguar en el informe por qué no se ha superado la prueba?

El pasaje decisivo se encuentra en la sección de evaluación. Un informe del MPU se estructura en cinco partes, de acuerdo con los criterios de evaluación de la aptitud para conducir:

  • Parte I Motivo y planteamiento del estudio
  • Parte II Antecedentes con resumen del expediente y las hipótesis analizadas
  • Parte III Resultados de los exámenes, separados por aspectos médicos y psicológicos
  • Parte IV Evaluación de los resultados, es decir, aceptación o rechazo de las hipótesis de la parte II
  • Parte V Respuestas a las preguntas de las autoridades y recomendaciones

Léelo en este orden: la parte I muestra lo que había que demostrar; la parte II enumera los requisitos que se evaluaron; la parte IV indica cuáles de ellos no se consideraron cumplidos y por qué; y la parte V se lee al final, donde figura la respuesta a la pregunta de la administración y, en su caso, una recomendación de curso.

Si ya te han dado una valoración el mismo día de la evaluación: No insistas con argumentos, eso hace más daño que bien. Pregunta de forma objetiva qué ha faltado y toma notas. La experiencia demuestra que estas notas son el material más útil para el segundo intento, a menudo más concretas que el texto escrito semanas después.

Un informe pericial evalúa la coherencia de tu exposición en relación con los resultados. No se emite ningún juicio sobre ti como persona. Más información al respecto: Por qué el MPU emite un pronóstico y no se dicta ninguna sentencia sobre ti y Cómo se evalúa la credibilidad en la evaluación.

Típico Modelos de justificación y lo que significan para el segundo intento

Lo que, en esencia, figura en el informe pericial

Lo que esto dice de tu segundo intento

Los datos sobre el consumo anterior no concuerdan con los resultados disponibles.

Existe una discrepancia entre tu versión de los hechos y lo que consta en el expediente. Esa discrepancia se resuelve explicándola, no cambiando la versión de los hechos.

No se han podido exponer de forma suficientemente comprensible las causas de la conducta indebida.

El resultado estaba ahí, pero no el camino para llegar a él. Lo que se necesita es una cadena de causas verificable que conduzca a la situación concreta.

Aún no se aprecia un cambio estable en la actitud.

El cambio es demasiado reciente o no está lo suficientemente contrastado. Falta tiempo para demostrarlo, no otra cita.

El periodo de abstinencia indicado no está suficientemente documentado.

Un problema de documentación, no de entrevista. Comprueba que tus documentos cumplan lo establecido en el anexo 4a, n.º 6, del FeV: original, firma y organismo competente.

Las estrategias de prevención no parecen estar lo suficientemente probadas.

Se mencionan tus estrategias, pero no se ilustran con situaciones reales. Se necesitan ejemplos de ocasiones en las que hayan funcionado.

Los requisitos de rendimiento no se ajustaban a las exigencias.

Un punto independiente que no guarda relación con la revisión del caso. Para saber si una observación del comportamiento al volante compensa, debes consultarlo con el centro de evaluación.

A modo de contexto La columna de la izquierda es una recreación, no una cita textual. Resume cómo suenan las justificaciones de la Parte IV en nuestro seguimiento posterior. La redacción y la importancia que se les da varían en función del centro de evaluación.

¿Por qué fracasa un segundo intento de MPU si no se analiza la situación?

Porque el centro de evaluación de la aptitud para conducir responde a la misma pregunta en la segunda cita y ya conoce el primer informe.

La cuestión no cambia. La autoridad competente en materia de permisos de conducir establece, según el artículo 11, apartado 6, frase 1, del FeV, qué cuestiones deben aclararse. Mientras no cambie el estado del expediente, esta cuestión seguirá siendo la misma. Quien responda a la misma pregunta con el mismo material, obtendrá la misma respuesta.

Los resultados de los exámenes no pueden sustituirse por meras formulaciones. Cuando el primer informe se basa en la falta de pruebas, de nada sirve una entrevista mejor preparada. Ningún relato puede sustituir a un certificado de abstinencia que falte.

Llaman la atención las diferencias respecto a la primera cita. El segundo perito debe explicar por qué su decisión difiere de la del primero. Sin un cambio demostrable, carece de fundamento para ello.

Con ello se aborda el tema delicado: quien haya subestimado la gravedad de su caso en la primera cita, deberá corregir en la segunda la información facilitada anteriormente. Esto solo es posible si se aborda con franqueza. Las preguntas que pueden surgir al respecto son: Las preguntas que se plantean en la entrevista de evaluación.

Si se dispone de un informe previo que se haya podido consultar durante la evaluación actual, cualquier valoración que difiera de este deberá justificarse a la luz de la argumentación de entonces; es decir, debe quedar claro el cambio en los resultados, por ejemplo, en lo que respecta al rendimiento, el comportamiento, la actitud o las condiciones de vida.

(2026): Capítulo A.3.5.1, Transparencia, Criterios de evaluación de la aptitud para conducir, 5.ª edición, editado por Brenner-Hartmann, Fastenmeier y Graw

Esta es la razón técnica por la que un segundo intento, sin que se hayan producido cambios en la documentación, suele fracasar. El segundo perito debe justificar cualquier desviación y, para ello, necesita un cambio documentado. No basta con una descripción diferente de los mismos hechos. Ten en cuenta la condición de la primera parte de la frase: la norma se aplica cuando el informe pericial anterior está disponible para su consulta en la nueva evaluación.

Resultados de las evaluaciones del MPU en el año de referencia 2024

Aproximadamente cuatro de cada cien evaluaciones concluyen con una recomendación de realizar un curso, en lugar de con un «sí» o un «no». Referencia: 75 257 evaluaciones en el año de referencia 2024, incluidas las repeticiones.

CategoríaPorcentaje
adecuadocasi el 57 %
No adecuadoalrededor del 39 %
Recomendación de cursosalrededor del 4 %

Instituto Federal de Carreteras, comunicado de prensa de 2025

¿Por qué fracasan la mayoría en el primer intento?

Hay cuatro motivos que surgen con frecuencia en nuestro seguimiento cuando alguien no aprueba a la primera. Se trata de una visión basada en nuestra propia experiencia con los casos que hemos acompañado, no de un estudio.

Se ha adelantado demasiado

La más frecuente de las cuatro razones: de entre quienes suspenden en su primer intento con nosotros, la gran mayoría se presentó demasiado pronto. La cita se fijó antes de tener toda la documentación necesaria, y no al revés.

Los contenidos didácticos se limitaron a la teoría

Se sabía que se había abordado el tema, pero no se ponía en práctica. Esto se nota en la conversación, porque faltan ejemplos propios.

La preparación fue demasiado breve

Unas cuantas citas bastan para conocer las respuestas. Pero no son suficientes para demostrar que se ha producido un cambio.

Nerviosismo el día de la evaluación

La única de las cuatro razones que no se resuelve con el tiempo, sino únicamente con la práctica en la conversación.

Esta distinción te sirve de guía de lectura; no se trata de una clasificación basada en los criterios de evaluación, pero determina cuál es tu tarea. Los motivos 1 y 3 son problemas de tiempo; el motivo 2 es un problema de aplicación; el motivo 4, un problema de entrenamiento. Por eso, hay que tener en cuenta que no todas las preparaciones son iguales. Quien tenga una laguna en la documentación no avanzará con el entrenamiento para la entrevista, y quien se limite a relatar de memoria su infracción, tampoco lo hará con una prueba adicional.

¿Cuándo puedo volver a presentarme al MPU y cuánto tiempo tengo que esperar?

El Reglamento sobre el permiso de conducir no establece ningún plazo de espera para repetir el MPU. No menciona ni un plazo tras un dictamen negativo ni un límite máximo para el número de evaluaciones. En teoría, puedes volver a presentarte al MPU al cabo de unas cuatro semanas, y para ello no es necesario que presentes un dictamen negativo. El requisito es que la autoridad competente en materia de permisos de conducir haya recibido tu expediente de vuelta del primer centro de evaluación. La autoridad envía al nuevo centro las preguntas y la documentación; la referencia se encuentra en la tabla comparativa que figura más abajo. El plazo establecido en tu resolución sigue vigente: si no presentas un informe antes de esa fecha, la autoridad podrá concluir que no eres apto, de conformidad con el artículo 11, apartado 8, del FeV.

Si tras una retirada del permiso de conducir sigue vigente una suspensión, por ejemplo, en virtud del artículo 69a del Código Penal alemán (StGB), se aplica además el artículo 20, apartado 4, del Reglamento sobre el permiso de conducir (FeV): puedes solicitar la renovación como muy pronto seis meses antes de que finalice la suspensión.

El tiempo de espera real se calcula a partir del momento en que se rechazó el primer informe pericial. Si falta un certificado de abstinencia, el plazo correspondiente determina la fecha de la cita. Si falta el proceso de superación de problemas, el plazo necesario para lograr un cambio demostrable determina la fecha de la cita. Si faltan ambos, se aplica el plazo más largo.

La experiencia que hemos adquirido gracias a nuestro acompañamiento: Sin un nuevo certificado de abstinencia, por regla general transcurren entre dos y tres meses entre ambas citas. En ese plazo se incluye el tiempo de tramitación del informe y el tiempo necesario para su evaluación. Si se presenta un certificado de abstinencia, es su periodo de validez el que determina la fecha de la cita, no la preparación. La duración de dicho certificado la establecen los criterios de evaluación, no la autoridad competente en materia de permisos de conducir.

Sin embargo, no existe una cifra mensual válida para todos los casos. Consulta en el informe qué punto se menciona concretamente y haz el cálculo a partir de ahí.

¿Qué significa una recomendación de curso en el informe del MPU?

La recomendación de un curso no supone ni la aprobación ni el suspenso, sino una tercera salida. El centro de evaluación de la aptitud para conducir considera que la aptitud aún no está confirmada, pero estima que puede alcanzarse mediante un curso reconocido.

Hay que distinguir entre dos normas. El artículo 70 del FeV regula el reconocimiento de los cursos y las entidades organizadoras. El artículo 11, apartado 10, del FeV establece que un certificado de asistencia puede sustituir a un nuevo dictamen. La sustitución solo se aplica «por regla general» y únicamente cuando se cumplen simultáneamente cuatro requisitos:

  1. El curso está reconocido según el artículo 70 del FeV.
  2. Un informe de un centro de evaluación considera que la participación en este tipo de cursos es una medida adecuada.
  3. No eres titular de un permiso de conducir.
  4. La autoridad competente en materia de permisos de conducir ha autorizado la participación en el curso antes de su inicio.

Es en el punto 4 donde la mayoría de las personas se desvían del camino. Quien reserve antes de recibir la autorización corre el riesgo de que la participación no sustituya a la segunda evaluación.

En los casos de infracciones que conllevan puntos de penalización o delitos, esta vía no es aplicable, según el artículo 11, apartado 10, frase 2, del FeV.

Acerca de las fuentes: El procedimiento de solicitud y el plazo de tramitación de la autorización a que se refiere el apartado 4 no están regulados de manera uniforme en todo el país y no se documentan de forma centralizada en ningún sitio. Consulta por escrito a tu autoridad competente en materia de permisos de conducir y solicita que te concedan la autorización por escrito.

¿Curso o segundo intento? ¿En qué se diferencian?

PreguntaCurso conforme al artículo 70 del FeVSegunda MPU
¿Quién decide si se puede seguir adelante?Únicamente si el informe pericial recomienda expresamente el curso y con el consentimiento previo de la autoridad competente en materia de permisos de conducir.Sin autorización y sin plazo de espera, pero únicamente con las preguntas y la documentación de la autoridad competente en materia de permisos de conducir, artículo 11, apartado 6, frases 3 y 4, del FeV.
Fundamento jurídicoArtículo 11, apartado 10, del FeV; reconocimiento conforme al artículo 70 del FeV.Artículo 11, apartados 6 a 8, del FeV.
Lo que al final depende de uno mismoUn certificado de asistencia con los datos previstos en el artículo 11, apartado 11, del FeV.Un nuevo informe pericial, con el riesgo de obtener de nuevo un resultado negativo.
¿Es necesaria una nueva evaluación?Por lo general, no cumple los cuatro requisitos.Sí, la evaluación es el camino a seguir.
Cuándo no es posible seguir ese caminoSin recomendación de cursos, en caso de disponer ya del permiso de conducir y en los casos relacionados con puntos de penalización y infracciones.No existe ningún impedimento legal. Sin embargo, cada informe pericial presentado amplía el expediente.

Si en tu informe figura una recomendación de curso, este lo impartirá un centro reconocido según la legislación regional, de conformidad con el artículo 70 del FeV. MPU Guru no ofrece este curso.

Seis pasos a seguir tras un dictamen negativo

Leer el informe completo

Empieza por la Parte I y ve avanzando a través de las hipótesis de la Parte II hasta llegar a la evaluación de la Parte IV.

Consultar el plazo que figura en la notificación

El plazo de presentación figura en la carta en la que la autoridad competente en materia de permisos de conducir ha ordenado la evaluación. Anótalo en el calendario, ya que este plazo transcurre independientemente de cualquier otra circunstancia.

Decidir sobre la plantilla

Sopesa las consecuencias de no presentar el documento frente a las de presentar uno con contenido negativo. Ambas opciones tienen sus consecuencias.

Comprobar si en el informe figura una recomendación de curso

En la parte V encontrarás una recomendación de cursos. Si aparece alguna, consulta primero con la autoridad competente en materia de permisos de conducir antes de inscribirte en ningún sitio.

Determinar la carencia concreta

Anota si el informe señala la falta de pruebas o un análisis poco claro. Dos tareas con plazos diferentes.

Solo después de eso se concierta la cita

La cita se determina a partir del paso 5, no del calendario.

¿Puedo recurrir un dictamen negativo del MPU?

Lo que se puede impugnar no es el informe pericial, sino la resolución en la que se basa la autoridad competente en materia de permisos de conducir. Un informe pericial es una prueba, no una resolución de la autoridad. Las consecuencias que esto tenga para tu procedimiento las evaluará un abogado o una abogada especializado en derecho de tráfico.

Además, los defectos formales son motivo de impugnación. El anexo 4a, n.º 2 a, del FeV exige una exposición comprensible para el público en general, clara y verificable, que incluya todos los hallazgos esenciales; el n.º 2 c exige la distinción entre los antecedentes y los hallazgos actuales. Si no encuentras la justificación, eso no significa necesariamente que se trate de un problema de comprensión por tu parte: como cliente, tienes derecho a un informe sin deficiencias.

Un segundo punto se refiere a la orden de peritaje. Según los criterios de evaluación, la conclusión de no aptitud en caso de no presentación presupone, en principio, una orden de peritaje totalmente legítima (5.ª edición, capítulo A.1). Sin embargo, la orden no puede impugnarse de forma aislada, sino que se examina únicamente en el procedimiento contra la resolución.

Lo que recomendamos en la práctica. Por regla general, no impugnamos legalmente un informe negativo. El proceso es difícil y largo, y, en el mejor de los casos, el resultado es la anulación del informe negativo, no la obtención de uno positivo. En su lugar, lo aprovechamos: los motivos expuestos en la parte IV se incorporan, punto por punto, a la preparación. El informe que te ha frenado es la guía de trabajo más precisa que puedes recibir para la segunda cita.

Un abogado especializado en derecho de tráfico podrá evaluar si en tu caso se aplica algo diferente.

Preguntas frecuentes sobre la plantilla y la repetición

Preguntas frecuentes sobre el cambio de empleo y la documentación acreditativa

Aviso legal y fuentes

Fecha de actualización: 1 de octubre de 2026. Se mencionan los artículos 11, 20, 46 y 70 del FeV, así como el anexo 4a del FeV; además, el artículo 2, apartado 2, de la StVG y los criterios de evaluación de la aptitud para conducir, 5.ª edición, así como las directrices de evaluación de la aptitud para la conducción en su versión del 12 de diciembre de 2025. Todos los textos se han contrastado con el texto oficial completo. No se han tenido en cuenta las modificaciones legislativas posteriores; esta guía no constituye asesoramiento jurídico.

Fuentes utilizadas

Valoración personal: Los datos señalados como «basados en la experiencia» proceden de nuestro propio seguimiento y no constituyen estadísticas recopiladas. Las cifras oficiales y nuestras propias observaciones se distinguen claramente en el texto.

Leer más: MPU por consumo de alcohol: cómo se dicta la orden y Por qué el MPU no es una «prueba para idiotas».

¿Tienes tu informe delante y no sabes por qué no te lo han aprobado?

Precisamente esta cuestión se puede aclarar antes de que reserves nada. En la primera consulta gratuita, recopilamos brevemente los datos básicos y acordamos la reunión para conocernos. En ella ocurre lo siguiente, también de forma gratuita:

  • Analizamos los fundamentos del informe pericial y determinamos si se refieren a la falta de pruebas o a la forma en que se presenta el caso.
  • Comprobamos si tu informe incluye una recomendación de curso y qué consecuencias tiene ello.
  • Recibirás una valoración sobre qué documentos te faltan para un segundo intento, cuál es el plazo correspondiente y cuál es el primer paso que debes dar.

En MPU Guru, la preparación la llevan a cabo psicólogos. Estamos disponibles de lunes a viernes, de 10:00 a 20:00. Si no puedes llamarnos por teléfono durante el día, escríbenos por WhatsApp o indícanos la hora en la que prefieres que te llamemos. Nos pondremos en contacto contigo a más tardar al día siguiente.

¿Y si, a pesar de todo, sale mal? Tanto en el paquete completo como en la preparación individual se aplica nuestra Garantía de seguimiento: Analizamos el informe pericial y dedicamos dos horas más a la preparación. Esto conlleva dos condiciones, ambas imprescindibles: una colaboración constante y que no te presentes al MPU antes de lo recomendado por nosotros. No has llegado al final del camino. Ahora sabes exactamente en qué punto te encuentras.

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